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Plan de emergencia y plan de autoprotección, ¿son lo mismo?

Una de las obligaciones de las empresas según marca la ley de Prevención de Riesgos Laborales es la necesidad de contar un plan de protección y una serie de medidas de emergencia como parte de su responsabilidad de mantener el lugar de trabajo seguro. El artículo 20 de dicha ley marca que el plan debe “analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento”.

Para ello, tanto el plan de emergencia como el plan de autoprotección son herramientas fundamentales a la hora de garantizar la seguridad de las personas y los bienes en caso de situaciones de riesgo o emergencia. Sin embargo, no son lo mismo, sino que hay diferencias importantes entre ambos planes que es importante conocer.

Cuando en 1995 se aprobó la ley de Prevención de Riesgos Laborales, esta sentó las bases de la obligación de elaborar los planes de emergencia, que hacían referencia al documento que aglutina todas las medidas de actuación ante el surgimiento de un siniestro.

Años después, en 2007, se publicó la Norma Básica de Autoprotección, que completaba y sustituía los planes de emergencia anteriores, al incrementar su contenido y alcance. Por ejemplo, más allá de las medidas de emergencia, el plan de autoprotección realiza un análisis de la actividad y el centro, y designa una estructura de actuación, propone distintas situaciones de emergencia y recoge las acciones específicas para cada una. Por ello, las medidas de emergencia incluidas en los planes anteriores pasaron a ser una parte de los planes de autoprotección actuales.

De este modo, podríamos decir que el plan de emergencia se centra en la respuesta ante situaciones de emergencia y en minimizar los daños y las pérdidas en caso de que estas ocurran. Es decir, se trata de medidas y procedimientos que se ponen en marcha una vez que se ha producido la situación de riesgo o emergencia. 

Este tipo de plan incluye la identificación de las posibles situaciones de emergencia, la definición de las medidas de respuesta, la asignación de responsabilidades y la formación del personal en los procedimientos de emergencia.

Por otro lado, el plan de autoprotección se centra en la prevención y la preparación ante situaciones de riesgo o emergencia. Se trata de una serie de medidas y procedimientos que se implementan con el objetivo de evitar que se produzcan situaciones de emergencia o, en caso de que estas ocurran, minimizar su impacto. 

Este plan incluye la evaluación del riesgo, la definición de las medidas preventivas, la formación del personal en los procedimientos de autoprotección y la realización de simulacros para poner en práctica los procedimientos de emergencia.

En conclusión, el plan de emergencia se enfoca en la respuesta ante situaciones de emergencia, mientras que el plan de autoprotección se enfoca en la prevención y la preparación ante estas situaciones. Ambos planes son complementarios y deben ser elaborados y puestos en práctica de forma coordinada para garantizar la seguridad de las personas y los bienes en cualquier situación de riesgo que se pueda presentar.
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